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Restaurantes de RD y otros establecimientos deberán cerrar a las 8:00 de la noche

Debido al creciente contagio de COVID-19 y la falta de cumplimiento de los protocolos anunciados por las autoridades, el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución 000021 en la que dispone que los establecimientos de expendio al público de alimentos y bebidas alcohólicas de tipo colmados, cafetería y de venta al detalle o similares deberán operar en el horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche, como una medida para prevenir el COVID-19 en República Dominicana.

La resolución dice que los citados establecimientos podrán realizar entregas a domicilio hasta las 9:00 de la noche.

Dispone, además, que esos negocios deben asegurar que sus usuarios respeten la distancia de 1.5 metros y que utilicen mascarillas para evitar la propagación del coronavirus.

Los negocios donde se violenten las medidas establecidas para contener la propagación del coronavirus serán cerrados a partir de este martes, informó el ministro de Salud Rafael Sánchez Cárdenas, en rueda de prensa.

Dicha cartera “inicia hoy las medidas de cierre de establecimientos en los cuales se estén produciendo aglomeraciones imprudentes y violatorias de las normativas dictadas por este Ministerio en Defensa de la salud pública nacional”, aseguró.

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